Afíliate

Podrán afiliarse todos los trabajadores por cuenta ajena, los trabajadores por cuenta propia que no tengan trabajadores a su cargo, los trabajadores desempleados, de los sectores que comprenden el ámbito subjetivo de STEPA que así lo deseen, cualquiera que sea su puesto de trabajo y cargo profesional, con la única condición de cumplir con los presentes estatutos, siempre que sean mayores de edad.

La solicitud de afiliación podrá presentarse a través de las secciones sindicales o bien, de no existir en la empresa, directamente a la Comisión Ejecutiva del sindicato. La Comisión Ejecutiva podrá rechazarla afiliación de alguna persona y su decisión será definitiva.

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Podrán afiliarse todos los trabajadores por cuenta ajena, los trabajadores por cuenta propia que no tengan trabajadores a su cargo, los trabajadores desempleados, de los sectores que comprenden el ámbito subjetivo de STEPA que así lo deseen, cualquiera que sea su puesto de trabajo y cargo profesional, con la única condición de cumplir con los presentes estatutos, siempre que sean mayores de edad.

La solicitud de afiliación podrá presentarse a través de las secciones sindicales o bien, de no existir en la empresa, directamente a la Comisión Ejecutiva del sindicato. La Comisión Ejecutiva podrá rechazarla afiliación de alguna persona y su decisión será definitiva.

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